Por Eric Correa
En las últimas semanas, un oficio de la Subsecretaría del Medio Ambientei iipuso en el ojo del huracán la discusión sobre el futuro de la acuicultura, en especial de la salmonicultura reflotando el viejo y falso debate sobre desarrollo y sustentabilidad.
Si bien en esta oportunidad el punto sobre la palestra parece ser la legalidad del criterio contenido en el referido oficio, que según defiende la Ministra, sólo comunica lo que a juicio de dicha cartera son efectos jurídicos que resultan aplicables a los procedimientos que actualmente podrían estar en curso para el otorgamiento de concesiones sectoriales dentro de los límites de áreas protegidas. Ello, en virtud de la entrada en vigencia de la ley Nº 21.600 que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas y en especial de su artículo 92. La verdad es que existen una serie de otros temas que contribuyen a la incerteza con que la actividad debe enfrentar el futuro inmediato. Y en base a ello por cierto, sus decisiones productivas. Todo lo anterior en un marco de estancamiento económico general y una situación de progresivo aumento del desempleo.
En efecto, tenga o no tenga razón en lo inmediato el Ministerio del Medio Ambiente, una vez en régimen, la operación de los diferentes centros de cultivo – en su mayoría emplazados con anterioridad al establecimiento de las áreas protegidas- deberá someterse a las disposiciones contenidas en el plan de manejo establecido para cada una de ellas, cuyas medidas pueden ser más o menos gravosas para la actividad. Este elemento agrega un importante grado de incertidumbre toda vez que quien deberá liderar el proceso será este nuevo Servicio (SBAP) desconociéndose, obviamente, las pautas y estándares que utilizará para ello. Las señales dadas por la Autoridad hasta el momento, no pueden sino verse como hostiles para la industria. Así al menos lo han entendido empresas, gremios, prestadores de servicios y trabajadores.
Por su parte, las modificaciones de proyectos técnicos deberán ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) a través de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) dando cumplimiento a todas las nuevas guías metodológicas que ha dictado el Servicio de Evaluación Ambiental respecto a este tipo de evaluaciones y que dan cuenta de un estándar de evaluación cada vez más exigente, atendido los recientes fallos del Tercer Tribunal Ambiental en la materia.
Por último, la ministra del Medio Ambiente señaló que las concesiones sectoriales «Tienen que ser compatibles con el objeto de protección, que quedó reglado en la ley; tienen que ser compatible con el plan de manejo, que además se tiene que hacer de manera participativa; y tiene que quedar autorizado por el SBAP”. “Tiene esas tres condiciones y, por lo tanto, podría ocurrir que, aunque la ley permitiría una concesión sectorial en una reserva, podría llegar a ser incompatible y, de esa manera, igual protegerse». Lo anterior si bien puede parecer una perogrullada, en este contexto, parece más bien una amenaza de conseguir por esta vía lo que no se pudo conseguir durante la tramitación de la ley.
Las relocalizaciones por su parte, que si bien fueron planteadas como una solución ambiental y sanitaria, duermen el sueño de los justos debido a una serie de lomos de toro a lo largo de los años.iii Como si fuera poco, a lo anterior debe sumarse la incertidumbre introducida por el Subsecretario de Pesca y Acuicultura quien señaló tanto en el Congreso como en la Comisión Nacional de Acuicultura que su agenda en materia de acuicultura – en lo que interesa – estaría concentrada en 2 grandes temas: i) sacar las concesiones ubicadas al interior de los parques nacionales, y, ii) sacar progresivamente las concesiones ubicadas al interior de las áreas protegidas, cuestiones que se tradujeron en un importante freno al procedimiento que se venía desarrollando hasta ese entonces.
En otro frente, la ONG Terram solicitó a la Contraloría General de la República (CGR) un pronunciamiento por 282 Concesiones de Acuicultura (CCAA) que a su juicio incurren en causal de caducidad ya sea por no inicio de operaciones (un año desde entrega material) o por suspensión de la misma más allá del plazo legal (por más de dos años consecutivos).iv
Si bien el cómputo de Terram no considera aquellos casos en que la legislación permite paralización o suspensión de plazos (Ej, fuerza mayor o caso fortuito) lo que no puede analizarse en abstracto sino que debe ser analizado caso a caso, entre otras deficiencias de su alegación, la cual se encuentra pendiente de resolución por parte de la Contraloría General de la República, la verdad es que suma y sigue en el ambiente hostil que enfrenta a la actividad.
Como si fuera poco, con ocasión de los procedimientos sancionatorios que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ha iniciado a los titulares de centros de cultivo de engorda de salmones por concepto de sobreproducción, se develan dos grandes inconvenientes: la ausencia de un criterio único por parte de los órganos fiscalizadores para controlar la producción y la falta de coordinación entre los Órganos de la Administración del Estado.
En efecto, producto de cambios normativos y de criterios a lo largo de los años se ha generado incertidumbre respecto de cómo se controla la producción, si por año o por ciclo productivo como bien advirtiera Eugenio Zamorano en una entrevista reciente.v
Mientras la Subpesca y Sernapesca de nivel central comunicaban a los titulares que la producción de un centro se mediría anualmente, por cuanto así lo exige el proyecto técnico, y sólo se efectuaría por ciclo productivo en los casos en que la RCA así lo señalara expresamente en su acápite específico, en todas las denuncias efectuadas por las direcciones regionales del Sernapesca, el control de producción se efectuó por ciclo productivo y no por año, independiente de lo que haya quedado definido como producción máxima en cada RCA.
La SMA, por su parte, también utiliza diversas fuentes de información para efectos de sustentar que hubo sobreproducción en un centro, y, asimismo, dicha variabilidad es posible observar incluso respecto de distintos procedimientos asociados a un mismo titular.
Por último, la guinda de la torta es el anuncio de una nueva ley de acuicultura, la que si bien se ve más lejana ante los constantes y reiterativos retrasos en la presentación de la tan anunciada Nueva Ley de Pesca, no puede sino sentirse como una nueva amenaza al recordar las palabras de la Ministra del Medio Ambiente quien señaló que » (…) nosotros vamos a seguir teniendo esa discusión con la industria en el debate de la Ley de Acuicultura, porque nosotros seguimos insistiendo que, como esta es una propuesta para el futuro, no afecta al empleo.»
De re impulsarse y aprobarse una prohibición de realizar salmonicultura se producirían una serie de efectos directos respecto de concesiones de acuicultura en Parques Nacionales y Santuarios Naturales; en AMCP-MU, en Reservas Forestales y Reservas Nacionales; pero también respecto de solicitudes de concesiones de acuicultura; solicitudes de relocalización de acuicultura en Reservas Nacionales, Reservas Forestales y AMCP-MU.
Además si en el futuro se creara en cualquier parte del territorio nacional alguna de las áreas protegidas del SNASPE cuyos límites dieran cuenta de la existencia de sobreposición con Áreas Apropiadas para el ejercicio de la Acuicultura (AAA) o con solicitudes de concesión de acuicultura de especies exóticas en trámite, Subpesca deberá rechazar las solicitudes en trámite y el Sernapesca prohibir el ingreso de nuevas.
Si bien el Gobierno sostuvo que pretendía otorgar certeza a las situaciones jurídicas consolidadas – a las 431 concesiones que están otorgadas al interior de áreas protegidas – ya sea a través de un artículo transitorio u otro mecanismo, que permitiera su permanencia en estas áreas, por cuanto le otorga al titular la posibilidad de relocalizarse (con los inconvenientes descritos en el número I), se debe tener presente, que las concesiones otorgadas a partir de abril de 2010 igualmente no podrían renovarse. De esta manera, una vez cumplida su vigencia de 25 años, estas se extinguirían. Esto afecta a 132 concesiones ubicadas en las regiones de Aysén y Magallanes.
Como es posible observar, no es raro que las regiones sur australes se encuentren inquietas e incómodas con esta situaciónvi. Sin duda explica el por qué de la reacción respecto del Oficio de la Subsecretaría del Medio Ambiente.vii Como decantará está por verse. Sin embargo, mientras no se vislumbren autoridades sectoriales capaces de conducir la molestia sectorial actual, la mesa está servida para el conflicto. Aún resuenan cercanas las manifestaciones de Puerto Montt y otras localidades aledañas a propósito de la discusión por el SBAP. Aysén por su parte, viene levantando problemáticas asociados no solo a la acuicultura, sino que también vinculadas a la Ley Bentónica, Ley Lafkenche, movilidad de los tripulante cuotas de pesca, y la incerteza respecto de qué pasará con el mecanismo de las cesiones de toneladas en la nueva ley. Esta vez las autoridades no podrán decir que no lo vieron venir.
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i Ley SBAP, un oficio y concesiones de acuicultura: El problema de don Otto
ii Gobierno dicta instructivo para frenar otorgamiento de concesiones acuícolas en áreas protegidas
iii La Relocalización en salmones: Una historia sin fin
iv Subsecretaría para las FF.AA. mantiene 390 concesiones salmoneras sin aclarar su caducidad
v El control de la producción en salmones: la certeza de la incertidumbre
vi La ministra hizo una declaración de guerra contra la salmonicultura
vii Diputado González y dirigentes de la salmonicultura critican a medio ambiente de tomarse atribuciones sobre la entrada en vigencia del nuevo SBAP
Sobre el autor:
Eric Correa de la Fuente es abogado de la Pontificia Universidad Católica de Chile con 12 años de experiencia en el sector público. Su práctica se encuentra particularmente vinculada al sector pesquero y acuícola. En representación del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, le correspondió participar en la elaboración y tramitación de proyectos de ley y reglamentos, decretos y resoluciones, comisiones, mesas de trabajo público privadas y foros vinculados a pesca y acuicultura, borde costero, espacio costero marino para pueblos originarios, política oceánica, ecosistemas marinos vulnerables, transporte y regulación marítima entre otros. Se ha desempeñado como miembro de la Comisión Nacional de Acuicultura; Consejero y Vicepresidente del Consejo Directivo del Instituto de Fomento Pesquero (IFOP). ericcorreadelafuente@gmail.com
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Fotografía: Salmonicultura en Puerto Montt, seno de Reloncaví, Chile – Centro de cultivo de salmón en isla Capera, Puerto Montt- Wikimedia Commons, 2015.